En mi última publicación del blog, hablé sobre la quinta etapa de una reclamación por lesiones personales: Presentar una Demanda. En esta publicación, me voy a centrar en la Etapa Seis: Presentar el Conjunto Inicial de Descubrimiento.
Probablemente muchos de ustedes se estén preguntando: “¿Qué es el Descubrimiento?” El Descubrimiento es, según las Reglas de Procedimiento Civil, el tiempo entre la presentación de la demanda y el juicio donde cada parte tiene derecho a obtener pruebas de las otras partes. Estas pruebas se obtienen mediante el uso de citaciones o solicitudes de descubrimiento.
Hay cuatro herramientas principales de Descubrimiento dirigidas a otra parte en una demanda que incluyen lo siguiente:
- Interrogatorios: Preguntas hechas por escrito que deben ser respondidas por escrito.
- Solicitud de Producción: Solicitar elementos tangibles de evidencia como grabaciones de video, documentos escritos y grabaciones electrónicas.
- Solicitud de Admisión: Una solicitud por escrito para que la parte contraria admita o niegue la veracidad de un hecho relacionado con la demanda.
- Declaración: Donde tanto el abogado del demandante como el abogado de la defensa hacen preguntas al demandante/demandado; a cualquier médico tratante; a cualquier testigo de hechos; y a cualquier testigo experto. Las declaraciones son bajo juramento y transcritas por un taquígrafo judicial. También solemos grabar en video una declaración.
Esto resume la sexta etapa de una reclamación por lesiones personales. Esta etapa es crucial y es imperativo para el caso de nuestro cliente que seamos minuciosos en nuestros esfuerzos para reunir la mayor cantidad de pruebas posible que respalden su caso. En cuanto a nuestro cliente, es extremadamente importante ser honesto con nosotros sobre todo lo que pueda tener un impacto en su caso. Estamos aquí para ayudarle. Según mi experiencia, puede tener un gran efecto negativo en su caso si no es honesto con nosotros desde el principio.
En mi próxima publicación hablaré sobre la 7ª Etapa de una Reclamación por Lesiones Personales: Mediación.